Recordando la controversia instalada por el Frente Progresista Cívico y Social en cuanto al trámite de reposición del automotor Fluence siniestrado y adquisición de otro Fluence por parte del municipio, tema que fue motivo de debate público, y de comunicados de prensa.
No obstante la presentación de la documentación pertinente que establecía la falacia de las acusaciones, el Frente Progresista Cívico y Social realizo la denuncia ante el Honorable Tribunal de Cuentas sosteniendo que el Departamento Ejecutivo, había incumplido con la Ley Orgánica Municipal (LOM) y que el reemplazo del automotor siniestrado había ocasionado un grave perjuicio económico al municipio.
La resolución emanada por este órgano le ha dado la absoluta razón a al Sr. Intendente, y ya que la importante resolución se ha mantenido en silencio y en reserva su contenido, transcribimos la parte sustancial de la resolución expresada por el Honarable Tribunal de Cuentas
Resolución-del Honorable Tribunal de Cuentas
El hecho cuestionado seria la baja patrímonial resuelta por el Departamento Ejecutivo Municipal del vehículo automotor dominio JMB235 (…). Habiéndose requerido los antecedentes de la baja patrimonial (…) surge que la misma mereciera pronunciamiento encuadrado como «destrucción total». La tramitación concluyó con la baja Patrimonial de la unidad siniestrada y el alta de un nuevo bien de características y modelo similares al anterior, registrado con dominio KIX646 (Renault Fluence 2.0 16V Privilege).
Según criterio de este Organismo (…) no es necesaria la intervención del H. Concejo Deliberante para dar de baja del patrimonio municipal de un rodado afectado por destrucción total.
Puesto a verificar la eventual existencia de perjuicio fiscal, el mismo queda descartado desde que se advierte que, mientras el valor residual de la unidad siniestrada y dada de baja por destrucción total era de $94.500, la reposición fue por una unidad de $157.500, afrontando el Municipio una diferencia de $32.000 por haber optado por un vehículo de mayor equipamiento (el anterior era modelo Luxe y el nuevo es Privilege), por lo que el resarcimiento costeado por la aseguradora fue de $125.500, es decir, un valor ,mucho mayor al que contablemente tenía el vehículo siniestrado ($94.500), incluso mayor al que consta en la póliza como valor asegurado ($111.000).
Si bien se trató de la baja de un bien, en los hechos no resultó en una disminución patrimonial, pues a la baja por destrucción le siguió una alta de un bien similar cuyo valor fue indemnizado por la aseguradora.
