Arrecifes .La O.M.I.C. (Oficina Municipal de Información al Consumidor) informa que de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2905, se encuentra vigente el Procedimiento para solicitar integrar el registro de exceptuados a la Política de Redireccionamiento de Subsidios del Estado Nacional en cuanto al gas natural. Los usuarios que lo soliciten deben estar encuadrados en alguno de los siguientes trece puntos:

1.    Padecer una enfermedad crónica que implica un mayor consumo del servicio.
2.    Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
3.    Percibir Pensiones No Contributivas.
4.    Ser beneficiario de algún Plan o Programa Social.
5.    Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
6.    Percibir alguna asignación familiar.
7.    Contar con un certificado de discapacidad.
8.    Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
9.    Encontrarse exento del pago ABL / Tasas Municipales.
10.    Poseer una vivienda de características edilicias desfavorables que impliquen un mayor consumo del servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc.).
11.    Si la vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeño comercio, taller de oficio, etc.).
12.    Si posee una vivienda en la cual conviven múltiples hogares.
13.    Si reúne las condiciones de Usuario Esencial.

Quienes se encuentren en alguna de estas trece causales pueden realizar el trámite para obtener la exención de los incrementos, presentándose en la OMIC sita en calle Rivadavia nº 173 de 07 a 13 hs.

La O.M.I.C. (Oficina Municipal de Información al Consumidor) informa que de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2905, se encuentra vigente el Procedimiento para solicitar integrar el registro de exceptuados a la Política de Redireccionamiento de Subsidios del Estado Nacional en cuanto al gas natural. Los usuarios que lo soliciten deben estar encuadrados en alguno de los siguientes trece puntos:

1.    Padecer una enfermedad crónica que implica un mayor consumo del servicio.
2.    Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
3.    Percibir Pensiones No Contributivas.
4.    Ser beneficiario de algún Plan o Programa Social.
5.    Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
6.    Percibir alguna asignación familiar.
7.    Contar con un certificado de discapacidad.
8.    Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
9.    Encontrarse exento del pago ABL / Tasas Municipales.
10.    Poseer una vivienda de características edilicias desfavorables que impliquen un mayor consumo del servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc.).
11.    Si la vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeño comercio, taller de oficio, etc.).
12.    Si posee una vivienda en la cual conviven múltiples hogares.
13.    Si reúne las condiciones de Usuario Esencial.

Quienes se encuentren en alguna de estas trece causales pueden realizar el trámite para obtener la exención de los incrementos, presentándose en la OMIC sita en calle Rivadavia nº 173 de 07 a 13 hs.-

 

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By Minuto Arrecifes

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