ddb3cce78a392acbb57b4e7e1146d829_LEl proyecto que promueve el régimen de Declaración Jurada Patrimonial de los funcionarios y agentes del sector público de la provincia de Buenos Aires, se enmarca en la decisión del gobierno que encabezaMaría Eugenia Vidal de introducir una reforma estructural en la Policía Bonaerense.

A la aprobación de la Emergencia del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) en enero de este año, en medio de un clima político convulsionado y enrarecido producto de la fuga de los condenados por el triple crimen de General Rodríguez, se suma esta iniciativa que atañe a los distintos sujetos que comprenden el Ejecutivo, pero en especial al personal policial con grado de subcomisario o superior.

ANDigital tuvo acceso directo a la iniciativa que surge para reforzar el Decreto Nº 116/16 y es concebida como “una herramienta esencial para transparentar el accionar de las personas que ejercen la función pública” y, de este modo, que los ciudadanos bonaerenses puedan “afianzar la confianza en sus funcionarios”.

La Declaración Jurada Patrimonial comprende a la gobernadora, vicegobernador, ministros, secretarios, titulares de organismos autárquicos y descentralizados, subsecretarios, directores provinciales, personal del Gabinete, Escribano General de Gobierno, Asesor General de Gobierno, Contador y Tesorero de la Provincia, Fiscal de Estado y fiscales adjuntos, como así también los miembros del Consejo de la Magistratura, los responsables de de Empresas, Sociedades y otros Entes estatales.

Y, tal como lo adelantó la propia Vidal en la apertura de la Asamblea Legislativa, deberá adecuarse a la normativa el “personal de la Policía y del Servicio Penitenciario, con categoría igual o superior a la de subcomisario o equivalente, o personal de categoría inferior a cargo de una Comisaría”.

La Escribanía General de Gobierno será la autoridad de aplicación, que deberá publicar el listado de las personas en el plazo de 60 días de entrada en vigencia la ley.

Todos los sujetos comprendidos deberán actualizar anualmente la información contenida en su Declaración Jurada Integral, que contendrá los mismos datos que los solicitados por la AFIP para la declaración del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Será de carácter confidencial y la autoridad de aplicación estará obligada a mantener en secreto su contenido.

Además, los mencionados actores tendrán que presentar una Declaración Jurada Patrimonial Sintética, a través de un formulario en el que se deberán detallar los bienes muebles, bienes muebles registrables, otros bienes muebles (joyas, objetos de artes, etc.), inversiones, disponibilidades (dinero en efectivo y/o en bancos), ingresos y deudas.

La Declaración Jurada Patrimonial Sintética será de carácter público, y su contenido estará habilitado para la consulta de cualquier ciudadano, aunque no podrá ser empleada para uso comercial, ni determinar la clasificación crediticia de cualquier individuo y tampoco para efectuar una solicitud de dinero con fines políticos o de otra índole.

Fuente: Andigital.com.ar

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By Minuto Arrecifes

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