En virtud de la solicitada o comunicado oficial que el Sr. Intendente Municipal, Dr. Daniel Néstor Bolinaga, a efectuado en todos los medios periodísticos de nuestra ciudad, nos vemos en la necesidad de aclarar algunas cuestiones relacionadas con el mismo y que de algún modo pretenden empañar nuestras propuestas de trabajo y compromiso de construir un Arrecifes mejor.

En el comunicado oficial y en distintas declaraciones públicas han aludido, el Sr. Intendente y funcionarios oficialistas, al Sector Industrial Planificado como una categoría igual al Parque Industrial, afirmando y diciendo que ambos poseen los mismos beneficios, efectos y alcance.

Más precisamente, luego de referirse a nuestro folleto, en el comunicado que ha sido enviado a los medios gráficos, se utiliza la reproducción textual de artículos de distintas leyes provinciales, como mecanismo para fundar estos dichos.

En primer lugar, transcribe el art. 24 de la ley 13.744 de la provincia de Buenos Aires, el que reiteramos en su parte pertinente, para una mejor comprensión del lector/ciudadano:

“ARTICULO 24.- Tipifíquese a los Agrupamientos Industriales en cinco (5) categorías, a saber:

a)     Parque Industrial: Es una porción delimitada de la Zona Industrial, diseñada y subdividida para la radicación de establecimientos manufactureros y de servicios, dotada de la infraestructura, equipamiento y servicios, en las condiciones de funcionamiento que establezca el Poder Ejecutivo Provincial.

b)     Sector Industrial Planificado: Es una porción delimitada de la Zona Industrial, diseñada y subdividida para la radicación de establecimientos manufactureros y de servicios dotada de las condiciones de infraestructura que determine el Poder Ejecutivo Provincial. …”

Nótese en el resaltado, que a simple vista, ya no estaríamos hablando de lo mismo.

Pero vamos a sumarle, ahora nosotros, y usando la misma técnica, la trascripción del artículo 2 de la misma norma y que no fuera citada por el Sr. Intendente:

“ARTICULO 2.- Entiéndase por Agrupamientos Industriales los predios habilitados para el asentamiento de actividades manufactureras y de servicios, dotados de infraestructura, servicios comunes y equipamiento apropiado para el desarrollo de tales actividades.

Los Agrupamientos Industriales se tipifican en las siguientes categorías, conforme se establece en el Capítulo I del Título III de la presente:

a)     Parque Industrial

b)     Sector Industrial Planificado

…”

Otro resaltado para clarificar: son distintos incisos, con distinto tratamiento, con distinta tipificación.

Tal vez sin darse cuenta, es aquí mismo, en el comienzo de la norma donde aparece el traspié del Sr. Intendente, al desconocer que si un artículo de una ley es dividido en distintos incisos, es porque cada uno trae aparejado distintos efectos legales.

En el caso en particular el art. 24 inc. a) define lo que es un Parque Industrial y el inc. b) lo que es un Sector Industrial Planificado, que nada tienen que ver. Dos razones simples: si fueran lo mismo -como dice el intendente- el artículo no comenzaría estableciendo categorías y no estaría divido en incisos, que describen cada una en particular. En el resaltado se manifiestan las diferencias entre cada uno, y nótese que el Parque Industrial requiere de más infraestructura. Lo mismo sucede en el artículo 2, también con distintos incisos y tratamiento.

Luego, párrafo seguido, el Dr. Bolinaga, transcribe los artículos 1 y 2 de la ley 13.656, que no vienen al caso, pero tal vez en el apuro de contestar lo expresado por quien escribe y las candidatas de la lista Natalia González y Sarita Meregalli en el programa “La Comunidad”, no llegó a leer hasta el artículo 16 de dicha norma provincial donde se demuestra otra clara diferenciación:

“ARTICULO 16.- Gozarán de los beneficios de la presente Ley la construcción privada o mixta de Agrupamientos Industriales.

Los Sectores Industriales Planificados y Agrupamientos Industriales originados en refuncionalización de plantas industriales en desuso dispondrán de los beneficios por un período máximo de tres (3) años, mientras que para las restantes categorías de Agrupamientos Industriales será de hasta seis (6) años. A los fines de la aplicación de la presente Ley, se tomará para la definición de Agrupamientos Industriales la clasificación establecida en la Ley que rige al momento de la presentación de la solicitud de beneficios.”

Tampoco se ha dado cuenta, el actual Intendente, en la prisa que le demandó la solicitada, que dicha ley tiene su decreto reglamentario y en el artículo 21 del mismo aparece otra diferencia:

 “DECRETO 523 – Reglamentario de la Ley 13656

ARTICULO 21. Las empresas constructoras de Parques y Sectores Industriales Planificados que construyan tales Agrupamientos, con posterioridad a la publicación del presente decreto, gozarán de seis (6) y tres (3) años respectivamente de exenciones en los impuestos sobre los Ingresos Brutos e Inmobiliario, con independencia de las empresas que se instalen, y a partir del ejercicio fiscal siguiente a que se hubiese dictado el Acto Administrativo que lo declare exento. A los efectos previstos en el presente artículo se tendrá en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 13.744, de Creación y Funcionamiento de Agrupamientos Industriales, y el incumplimiento de lo dispuesto por la misma hará caducar los beneficios otorgados y tornará exigibles las sumas no ingresadas por esos conceptos, con más los intereses correspondientes.”

 Es evidente, como surge de lo arriba transcripto, que:

– Para la ley, hablamos de cosas distintas. Sector Industrial Planificado y Parque Industrial, no son iguales.

– El Parque Industrial, tiene que tener la infraestructura completa y en condiciones de funcionamiento, para ser autorizados, mientras que el Sector Industrial puede ser construido en etapas, sin necesidad de tener la infraestructura completa (tal como sucedió con el tanque de agua que se está haciendo actualmente en nuestro Sector Industrial).

Tal como lo dice el folleto nosotros nunca mentimos.

Hablamos de mayores beneficios, y realmente los habrá, porque este espacio político hace propuestas para sumar en favor de la ciudad.

Lo invitamos, Sr. Intendente, a que deje de lado la lógica de los desagravios, que es común en el espacio político que representa “Kirchnerismo”, pero no es la que construye y permite crecer en nuestro Parque Industrial.

Cuando nos dice que es lamentable lo que pusimos en el folleto,  también le decimos que desde nuestra agrupación, no venimos a confrontar, solo a sumar en beneficio de todos los habitantes de nuestra ciudad.

Por otra parte, si Ud. realmente quiere la tranquilidad de los vecinos de nuestra ciudad con respecto a este tema, como lo expresa en su comunicado oficial, sepa que estamos acá para acompañarlo desde el diálogo y nos ponemos a su disposición para explicarles todos los artículos y leyes que han omitido leer.

Sabemos que el beneficio real y efectivo para el vecino lo vamos a lograr cuando hagamos que se radique una industria de verdadera envergadura en la ciudad. Que se amplié la cantidad de empleados, que no sean sólo 40 en todo el Sector Industrial Planificado, sino que aspiremos a que cada empresa tenga este número como mínimo. (Como ejemplo, citamos a Granja Tres Arroyos de Capitán Sarmiento, que tiene 1200 empleados entre planta permanente y tercerizados).

Por todo esto, lo invitamos a dejar las solicitadas de lado, y a tener en cuenta que cada vez que se refiere al suscrito –despectivamente- como que tiene una formula mágica para traer trabajo a la ciudad, se está refiriendo, ni más ni menos que, a la misma fórmula mágica que ha utilizado el intendente de Capitán Sarmiento, el de Salto o el de Pergamino, las tres ciudades que nos rodean y tienen pleno empleo. Ciudades donde el ingreso mínimo de un operario simple es $8.000 mensuales, a diferencia del ingreso mínimo de los empleados de la mayor industria de nuestra ciudad, la textil, que es de $ 2.500.

Nosotros no queremos confrontar. Queremos un Parque Industrial con empresas privadas como Arcor (Salto), Granja Tres Arroyos (Cap. Sarmiento) o Rizobacter (Pergamino). Donde el sector privado invierta y transforme el desempleo, el empleo no registrado, y el empleo precarizado en trabajo digno, estable y superador. Queremos una ciudad pujante, con una industria desarrollada.

Para finalizar, decimos al Sr. Intendente, que también en nuestro folleto, que da lugar a esta comunicación, hablamos de policía municipal y que nos resulta muy grato saber que nuestra iniciativa haya sido tomada en cuenta por Ud. la semana pasada, para que sea un hecho, y que podamos verla realizada y efectivizada cuanto antes. Lo nuestro no es campaña, ni gestionamos hace seis años un municipio sin haberlo implementado. Sergio Massa fue el precursor en Tigre y lo propone hace tiempo para toda la provincia de Buenos Aires. Nunca es tarde, y estamos para seguir sumando, poniéndonos a vuestra disposición para explicarles y transmitirles todo el conocimiento y preparación que tenemos al respecto.

Queremos que nuestros hijos y nuestros nietos, se queden, vivan, trabajen y sean felices en esta, nuestra ciudad.

Dr. Jorge Eterovich – Candidato a Concejal – Frente Renovador – Lista 504

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By Minuto Arrecifes

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